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El largo camino hacia una política pública de Víctimas incluyente y respetuosa

Este artículo lo escribimos para la revista Hika Jon Landa y yo a principios de 2011. En él describíamos la historia de lo que habían sido los esfuerzos por reconocer las diversas víctimas de la violencia política acaecida en el País Vasco hasta ese momento. Evidentemente se ha avanzado mucho desde entonces, pero creo que es una buena crónica de lo que fueron los pasos iniciales…

Toda persona que vivo en este país sabe  que se han producido y se producen  múltiples conculcaciones de derechos humanos, bien a manos del Estado, bien a manos de grupos armados, o bien en el ámbito privado, como es el caso de la violencia  machista. Los principios y directrices básicos de Naciones Unidas sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las  normas internacionales de derechos humanos son muy claros: todas las víctimas de estas conculcaciones tienen derecho a la verdad,  justicia y reparación v no cabe distinción alguna por motivos de la orientación política o de otra índole que pudiera tener o no tener la víctima o el perpetrador.

No obstante, la praxis política de nuestro país ha generado todo tipo de distinciones que han generado asimetrías v claros agravios comparativos.Si hablamos de violencia de motivación política y por Santo dejamos fuera de nuestro  análisis lo que ocurre en el ámbito privado,  vemos que existe una legislación sobre memoria histórica que reconoce determinados  derechos -aunque no otros- a determinadas víctimas pero no a otras (por ejemplo, una  persona que fallece como resultado de disparos o pelotazos de goma estando en el  balcón de su casa cuando se desarrollaba una  manifestación no se beneficiaria de este precepto de la ley, casos de Erandio, Rentería, lruña…).

La legislación sobre víctimas del terrorismo reconoce determinados derechos de verdad, justicia y reparación —que se han aplicado de forma desigual, con bastantes medidas de reparación de daños físicos o psicofísicos acaecidos a partir de 1968, grados variables de  justicia y por lo general poca verdad- a las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales a  las víctimas de organizaciones con siglas como  ETA, FRAP y GRAPO fundamentalmente, aunque posteriormente también del GAL y grupos ultras como los AAA, BVE, ANE, ATE, pero no a víctimas de grupos de incontrolados ni a las de las fuerzas de seguridad del Estado cuando éstas se han extralimitado en sus funciones.

Ante estas carencias surgen de la iniciativa individual trabajos como Violencia, apoyo a las víctimas y reconstrucción social (Fundamentos, 2000), de Carlos Martín Beristain y Darío Páez, y el Mapa (inacabado) del sufrimiento, de Sabino Ormazabal (Fundación Manu Robles Arangiz, 2003). Los primeros plantean una  comisión consensuada, de carácter multidisciplinar, al estilo de las Comisiones de in Verdad y que estuviera integrada por personas con amplio reconocimiento social. También se produce en el Parlamento Vasco un primer intento de dar una respuesta legislativa a estas Carencias.

Ponencia de Víctimas de la Violencia. En el año 2000 se crea en el seno de la Comisión de Derechos Humanos y Solicitudes Ciudadanas del Parlamento Vasco una Ponencia para estudiar la situación de todas las víctimas de la violencia generada en nuestro país. Dicha ponencia nace abortada desde un principio, dada la negativa a participar en In misma por parte del PP, el PSE y UA. Dos años de trabajos de esta ponencia produjeron un voluminoso informe de dos tomos, en el que se proponía, entre otras medidas, la creación de un Observatorio de las Víctimas de la Violencia, formulada también por el Gobierno de Juan José lbarretxe. La oposición frontal de eras formaciones políticas a dicha ponencia hace que el 12 de diciembre de 2000 dicho informe fuera rechazado en el seno de la Comisión de Derechos Humanos en un clima de fuerte enfrentamiento político.

Informes de la DAVT y de la Dirección de Derechos Humanos. En 2007 se produce un segundo intento de abordar este problema. Los días 5 y 17 de octubre de ese año se celebró en el Parlamento Vasco un Pleno Monográfico sobre Víctimas del Terrorismo en el que se aprobaron 21 resoluciones, una de las cuales -la primera- viene referida a las víctimas de vulneraciones de derechos humanos derivadas de in violencia de motivación política. Dicha resolución establecía que la Dirección de Atención a Víctimas del Terrorismo del Gobierno Vasco debía elaborar un informe sobre Ia realidad de las víctimas del terrorismo practicado por los grupos incontrolados, de extrema derecha y el GAL. Por otro lado, la Dirección de DDHH del Gobierno Vasco quedaba encargada de elaborar un informe sobre la realidad de otras víctimas de vulneraciones de derechos humanos derivadas de la violencia de motivación política. A más de una organización internacional causó extrañeza el hecho de que se dividiera el estudio de un panorama de conculcaciones de derechos humanos en dos informes distintos.

Ambos informes son presentados en julio de 2008, a pesar de que el Parlamento, en el pleno antes mencionado, había establecido que el informe de la DAVT debía haberse presentado antes del 31 de marzo. Este informe de la DAVT, titulado Informe sobre Víctimas del Terrorismo practicado por grupos incontrolados, de extrema derecha el GAL, cifraba en 66 los muertos y 63 los heridos, de 74 actos terroristas cometidos por distintas organizaciones como el GAL, el Batallón
Vasco Español, AAA, o los Grupos Anti ETA o GAF..

El segundo de estos informes, el Informe sobre Víctimas de Vulneraciones de Derechos Humanos derivadas de la Violencia de Motivación Política, de 180 páginas en su primera versión, documenta  los casos de 109 personas muertas a incluye una primera lista de 538 personas heridas, algunos ejemplos de las miles (según las fuentes, entre 6.000 y 9.500) de personas que han denunciado haber sido torturadas. El informe recoge también en este apartado los casos de 31 muertos y 261 heridos desde 1968 por la violencia empleada por los distintos cuerpos policiales para reprimir distintas movilizaciones, en su mayoría huelgas y manifestaciones. Dichas violaciones se dieron en varios de los periodos analizados con gran frecuencia, lo cual señala un patrón de actuación y no una serie de hechos aislados. Uno de los casos paradigmáticos en esta categoría fue la del 3 de marzo de 1977, con cinco muertos y decenas de heridos de bala. Respecto a las actuaciones de grupos parapoliciales, ultras y otras, se incluye asimismo una diferenciación específica de esta violencia cuando además hubo secuestro, agresión sexual (violación), o si aconteció en manifestaciones, y en esta Categoría se recogen los casos de 9 muertos y otras 179 heridos no contemplados en el informe de la DAVT.

Además de recoger estos listados de víctimas, el informe concluye con una serie de recomendaciones: el Gobierno Vasco debe habilitar un servicio para proporcionar atención a las víctimas de violencia de motivación política, que permita una ampliación o una restricción de los casos después del análisis. Asimismo se recomienda que el Parlamento Vasco debería constituir una ponencia de víctimas de violencia de motivación política, entre cuyas atribuciones deberían figurar al menos las siguientes: acercamiento e implicación de las personas afectadas como medida inicial de reconocimiento; documentación y asesoramiento por expertos internacionales y locales, y, sobre todo, impulso y control de las medidas dirigidas a satisfacer los derechos de las víctimas a la verdad, justicia y reparación. Y, finalmente, elaboración de una ley vasca de atención a las víctimas de violencia de motivación política. Dicha ley debe buscar el reconocimiento v reparación de tales víctimas, procurando así paliar en lo posible años de olvido. Se recomienda que dicha ley establezca una definición previa de las violaciones que entrarían en su mandato (tortura, asesinato, violación, etc…), así como una definición amplia de las víctimas. Ello ayudaría a que se pudiera escuchar y recoger el sufrimiento de más personas, pudiéndose evaluar con posterioridad su recogida o no en los informes o recomendaciones correspondientes.

El final de la legislatura, seguido de las elecciones en que fue elegido el actual Gobierno del lehendakari López, dejaron estas recomendaciones en suspenso

El último informe. Sorpresivamente, la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento Vasco aprobó el 22 de diciembre de 2009, de manera unánime una resolución a iniciativa de Aralar en la que se insta a la DAVT y a D1)H.H a continuar con el anterior lnforme en relación con «las situaciones de sufrimientos injustos por la vulneración de derechos humanos provocadas en el marco tic la violencia vivida en  Euskadi en las últimas décadas, y desatendidas hasta la fecha, avanzando de esta forma en su reconocimiento». al Gobierno Vasco se le pide que presente una primera propuesta de medidas de reparación.

Cuando la fecha de presentación llega, junio de 2010, se da a conocer desde el Gobierno que necesitaban ampliar el plazo) hasta septiembre para presentar el informe. Por fin, el informe es presentado a principios de diciembre de 2010.

Se trata del informe titulado Víctimas de Vulneraciones de Derechos Humanos y Sufrimientos Injustos producidos en un contexto de Violencia Política, de 38 páginas.

De las reflexiones realizadas en la Asociación de DDHH Argituz, se desprende que este informe presenta una serie de aspectos positivos y negativos. Veamos en primer los aspectos positivos. La presentación en sí del nforme —al margen de su contenido concreto- es un hecho positivo por lo que tiene de reconocimiento de la ausencia de una política pública de víctimas de violaciones de derechos humanos derivadas de la violencia de motivación política. Existe una deuda pendiente con las víctimas y con la sociedad que debe saldarse. Reconocerlo es bueno, necesario y justo.

También es positivo que el informe se intente presentar formalmente corno una continuación del anterior. En particular parecen recoger la conceptuación de la violencia de motivación política en los términos ya definidos en el Informe anterior. Esta política no debe ser patrimonio de ningún partido, sino un ejercicio de justicia, verdad y reparación debido a las víctimas y a la sociedad y, por tanto, una cuestión de País que debe blindarse de juegos partidistas.

Es positivo también que se configura en atención al derecho internacional de los derechos humanos como referente principal y a la legislación internacional en la materia, en continuidad también con cl informe antecedente de 2008.

Es asimismo positivo que el informe amplía el foco de las violaciones de derechos humanos hacia sufrimientos injustos. Esta ampliación dificulta que un ejercicio de reconocimiento, justicia y reparación hacia esta problemática pueda cometer errores de omisión.

Es positivo que entre las recomendaciones, igual que en el informe anterior, se proponga la creación de un espacio o mecanismo institucional —de gobierno- que debe atender a las víctimas, la creación de una ponencia parlamentaria para el impulso y control de esta política y una norma, todo ello, con su necesaria dotación presupuestaria.

El informe es en demasiados aspectos muy genérico y excesivamente escueto. No llega a las 40 páginas. Tampoco aporta, a pesar de decir lo contrario, ningún análisis jurídico que no estuviera ya presente en el informe anterior. Es un documento excesivamente atento a la dinámica de partidos políticos perdiéndose la centralidad de las víctimas a quienes se destina. También falta un acercamiento a las víctimas para implicarlas en el informe

Otro aspecto negativo es que no es, en sentido estricto, una continuación del Informe anterior. Este nuevo informe en vez de aprovechar el camino anterior para dar un nuevo paso es como un movimiento de recolocación del punto de partida, rediseñando el marco conceptual (categorías) y temporal de partida, rebajando y supri-miendo el análisis contextual de las Categorías y suprimiendo toda referencia a los patrones concretos de violaciones de derechos humanos (muertes o lesiones en controles, en manifestaciones, en centros de detención…; muertes o lesiones por funcionarios de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado o por grupos con su amparo y/o impunidad…). Es decir, carece de análisis de la problemática a la que debería responder. Por ejemplo, incluye la legislación internacional sobre tortura y un par de sentencias del Tribunal Supremo y Constitucional que señalan falta de investigación en dos casos, pero no incluye ningún análisis del fenómeno, ni de las respuestas judiciales o de la impunidad de estos casos.

Falta, además, un discurso sobre la responsabilidad del Estado respecto de este conjunto de violaciones de derechos humanos que no son sin más una serie de hechos individuales aislados e inconexos. La necesidad de una política específica frente a estas víctimas nace precisamente de un déficit extraordinario en la actuación del Estado y de su implicación estructural. Eso debe aflorar en el discurso y reconocerse como ejercicio ya adelantado de reparación y verdad para con las víctimas y la sociedad. Falta, en definitiva, análisis de los porqués de la falta de verdad, y de la dimensión social y colectiva del daño no solo individual.

Otro aspecto negativo más es que las referencias al terrorismo siguen siendo hechas en función de su autor y no de los hechos, lo que abre la puerta a una valoración diferente y discriminación potencial de víctimas.

Se constata una ausencia de las previsiones sobre cómo enfrentar la tortura como violación de derechos humanos. Es esta una asignatura ausente del programa. Respecto a las víctimas alojadas en la Ley de Memoria histórica, aunque se indica que el marco legal no va a operar como barrera de limitación de derechos, no se especifica cuales son los criterios o elementos que determinan su incompatibilidad (la de la Ley de Memoria) con este informe.

El informe se divide en tres periodos diferenciados. Habría que aclarar que las víctimas de mediados de los 80 en adelante son víctimas de violaciones de derechos humanos igual que el resto. Una cosa es el análisis político de si la actuación del Estado fue sistemática o no. Pero en cuanto a la naturaleza política de los hechos no hay duda. Política no quiere decir que responda a una «política del Estado». Aunque si ha habido una política de impunidad, aun con algunas fisuras en casos relevantes, en muchos casos posterior a esa fecha.

Debe aclararse si la omisión de los listados del informe de 2008 es una desautorización de los mismos o, por el contrario, se asumen como punto de partida. Y de ser esto Ultimo, cuál va a ser la metodología de acercamiento territorial a las víctimas a partir de este momento.

El informe omite cualquier referencia a los problemas de violación de derechos humanos que tienen como marco los Centros Penitenciarios. Por ultimo, las recomendaciones adolecen de una excesiva generalidad. Falta un mayor detalle de cómo se van a trenzar para que puedan resultar un instrumento, en primer lugar, de comunicación —reparación, justicia y verdad- para las víctimas y no solo uno de preservación del consenso político de mínimos.

El actual Gobierno Vasco cuenta ahora con un informe que deja por completo en su tejado la iniciativa de actuar, Por tanto, la valoración última del informe depende de las medidas concretas que vaya adoptando el Gobierno para convertir en realidad los preceptos de derecho internacional en los que se basa el propio informe. Tras un periodo prudencial será necesario hacer balance para comprobar que medidas efectivas se han tornado y que víctimas se benefician de las mismas. En la medida en que nos vayamos encaminando a un escenario de un reconocimiento equitativo y plural de las víctimas, iremos por buen camino.

Si bajo el pretexto de reconocer a las víctimas sin paralelismos ni equiparaciones o bajo cualquier otro se desemboca a una situación en que a igual conculcación no corresponden iguales derechos entonces una vez más no se estarán respetando unos principios fundamentales del derecho internacional creado por Naciones Unidas y seguiremos en el escenario de las asimetrías y, en definitiva, de la injusticia.

Andrés Krakenberger, Jon Landa

Artículo publicado en